NOTA DE ATENCIÓN. IMPORTANTE: De conformidad con la facultad de simplificación concedida a los EE.MM. por las últimas reformas reglamentarias (Reglamento CE 397/2009, de 6 de mayo y Reglamento CE 846/2009, 1 de septiembre), se ha procedido a plantear consulta a la Comisión Europea sobre su alcance en lo que respecta a los Gastos Generales (artículo 52 del Reglamento CE 1828/2006). En caso de producirse modificaciones en las condiciones de elegibilidad de este tipo de gastos antes de la finalización del plazo de presentación de candidaturas, serán anunciadas de inmediato a través de esta página web. Si se demorase más allá de dicho plazo, los proyectos que resulten seleccionados durante el proceso de selección de candidaturas tendrán que ajustarse a las condiciones que se aprueben antes de su formalización definitiva.
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